Tradicionalmente, el derecho ha encerrado al amor en el único parámetro legítimo del matrimonio. Hoy se asiste a un progresivo reconocimiento de los derechos del amor en el orden jurídico, mientras siguen existiendo políticas del rechazo que reclaman el antiguo derecho que se adueña del amor. +Es posible un «amor de baja institucionalización+ que respete las identidades cambiantes sin refugiarse en las seguridades de un pasado constrictivo?